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Solicitud y pago de Constancia de No Restricción

Concepto: Es el documento que comprueba que una persona no posee restricción migratoria y es emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.

Solicitantes del servicio: La constancia puede ser requerida por personas nacionales o extranjeras, ya sea a título personal o por medio de persona delegada mediante instrumento público.

Costo: Nacionales $10.00 y Extranjeros $11.00, tasa regulada en el Art. 325 de la LEME.

Plazo de entrega: A partir del cuarto día hábil, contado un día después de solicitado el trámite.

Teléfono: 2213-7738 // 2213-7903.

Pasos a seguir:

  1. Selecciona y descarga el formulario.
  2. Completa el formulario y envíalo a: solicitudes.restricciones@migracion.gob.sv (No olvides anexar la información solicitada).
  3. La información será revisada y validada, si cumple con lo requerido se te enviará un correo electrónico con un enlace para que realices tu pago en línea y continuar con el trámite.
  4. Se le notificará a partir de que día podrá retirar su constancia de no restricción.

Tomar en cuenta:

La entrega de la constancia de no restricción es de carácter presencial y personal, la cual debe ser retirada en cualquiera de nuestras 8 sucursales.

  • Si el trámite es realizado después de las 15:30 horas del día viernes o fin de semana, la solicitud será procesada el día lunes.
  • Una vez realizado el pago, no hay devolución del dinero.
  • Contarás con 48 horas para efectuar el pago, caso contrario deberás iniciar un nuevo proceso.

Requisitos:

Persona nacional:

  • Documento Único de Identidad vigente y en original.
  • Certificación de la partida de nacimiento en original, la cual debe haber sido expedida dentro de un año anterior a la petición (este requisito es para la emisión de la Constancia de No restricción).
  • Puedes descargar el formulario haciendo clic aquí.

Persona extranjera:

  • Pasaporte o Carnet de Residencia vigente y en original. En el caso de los ciudadanos de los países de Guatemala, Honduras y Nicaragua podrán presentar el documento de identidad vigente de su país de procedencia.
  • Puedes descargar el formulario haciendo clic aquí.

Persona delegada nacional:

  • Original y copia del documento que compruebe la representación legal, donde se consigne que está facultado para realizar el trámite, el cual puede ser: poder general administrativo; poder especial; poder judicial, siempre que se demuestre el interés legal; acta notarial o documento privado con firma legalizada.
  • Cualquiera de los anteriores debe ser elaborado por notario, cónsul salvadoreño o funcionario extranjero; para este último caso, los documentos deberán presentarse debidamente apostillados o en su defecto autenticados y de encontrarse en idioma diferente al castellano, debe seguir las respectivas diligencias de traducción.
  • Copia de los documentos del poderdante establecidos para persona nacional o extranjera, según sea el caso.
  • Puedes descargar el formulario haciendo clic aquí.

Persona delegada extranjera:

  • Documento Único de Identidad vigente y en original.
  • Original y copia del documento que compruebe la representación legal, donde se consigne que está facultado para realizar el trámite, el cual puede ser: poder general administrativo; poder especial; poder judicial, siempre que se demuestre el interés legal; acta notarial o documento privado con firma legalizada.

Cualquiera de los anteriores debe ser elaborado por notario, cónsul salvadoreño o funcionario extranjero; para este último caso, los documentos deberán presentarse debidamente apostillados o en su defecto autenticados y de encontrase en idioma diferente al castellano, debe seguir las respectivas diligencias de traducción.

Trámite para niño, niña y adolescente:

  • Deberá ser tramitada por uno o ambos padres o tutor.
  • Por persona delegada autorizada por uno o ambos padres o tutor, la cual debe ser específica para la Dirección General.
  • Por el mismo adolescente a partir de los catorce años.
  • Presentar certificación de la partida de nacimiento salvadoreña, la cual debe haber sido expedida dentro de un año anterior a la petición.
  • Presentar pasaporte vigente de la niña, niño o adolescente extranjero y el de uno o ambos padres.
  • Presentar Documento Único de Identidad vigente y en original del padre, madre, tutor o personal delegada, solicitante.
  • Puedes descargar el formulario haciendo clic aquí.
Publicado el 08-09-2023.