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Formularios para trámites de Residencia


    • F01 trámite de residencia temporal con autorización para trabajar centroamericanos y panameños de origen 1 vez

    El instructivo F-01, está dirigido a todos los centroamericanos y panameños de origen, que ingresen a la República de El Salvador y soliciten permiso de trabajo.

    Podrán aplicar a esta calidad migratoria, técnicos u obreros especializados, previa solicitud del Empleador; personas que trabajan por cuenta propia y demás trabajadores que no son técnicos ni obreros especializados, cuya petición la podrán realizar a título personal.

    • F02 trámite de residencia temporal con autorización para trabajar para personas de origen no centroamericanos 1 vez

    El instructivo F-02, está dirigido a todos los no centroamericanos que soliciten Residencia Temporal en el país con permiso de trabajo.

    • F03 trámite de residencia temporal con autorización para estudios universitarios y técnicos toda nacionalidad 1 vez

    El instructivo F-03, está dirigido a personas extranjeras que deseen estudiar en Centros de Educación Superior o realizar otras actividades académicas sin fines de lucro, dentro de la República de El Salvador.

    • F04 trámite de residencia temporal para religiosos católicos- todas las nacionalidades 1 vez

    El instructivo F-04, está dirigido a los Religiosos Católicos de todas las nacionalidades. Los sacerdotes y Religiosos católicos podrán permanecer en el país y dedicarse a sus propias actividades, mientras dependan como tales de la autoridad eclesiástica.

    • F05 trámite de residencia temporal para religiosos de otras denominaciones todas las nacionalidades 1 vez

    El instructivo F-05, está dirigido a todas aquellas personas extranjeras de todas las nacionalidades, que  se dediquen a actividades exclusivas de su Ministerio o culto, acorde a su práctica religiosa, dentro de la República de El Salvador.

    • F06 trámite de residencia provisional para rentistas 90 días persona individual yo grupo familiar todas las nacionalidades

    El instructivo F-06, está dirigido a todas las personas extranjeras de todas las nacionalidades, que ingresen al país con miras a permanecer dentro del territorio nacional y reciban ingresos generados en el exterior para su subsistencia; no teniendo la intención de dedicarse a ninguna clase de actividad remunerada en la República de El Salvador.

    Para la obtención de este derecho, el interesado deberá comprobar que percibe un ingreso permanente, no menor del equivalente a UN MIL DÓLARES MENSUALES ($1,000.00). Si es un grupo familiar (cónyuge e hijos), el ingreso no podrá ser inferior a UN MIL QUINIENTOS DÓLARES MENSUALES ($1,500.00).

    • F07 trámite de residencia temporal para inversionistas de todas las nacionalidades 1 vez

    El instructivo F-07, está dirigido a personas naturales o  Representantes Legales de Personas Jurídicas extranjeras, que realizan inversiones en el país, con activos o recursos, ya sean en bienes tangibles e intangibles, prestación de servicios o financieros en moneda de libre convertibilidad, superiores a los cuatro mil salarios mínimos mensuales vigentes a la fecha de su transferencia a El Salvador. Art. 11 Ley de Inversiones.

    • F08 trámite de residencia temporal para acompañar a familiares que residen en el territorio salvadoreño todas las nacionalidades 1 vez

    El instructivo F-08, está dirigido a familiares (cónyuges, compañeros de vida, padres e hijos menores de 18 años de edad) de personas que residen en el país, e ingresen a la República de El Salvador como acompañantes de residentes Temporales o Definitivos. Esta calidad migratoria  será  otorgada sin autorización para trabajar.

    • F09 trámite de residencia temporal con permiso especial para trabajadores o braceros centroamericanos

    El instructivo F-09, está dirigido a todos los Centroamericanos de origen que ingresen a la República de El Salvador, en calidad de trabajadores de temporada o braceros para realizar trabajos  en épocas de cosecha, entre otros, que por razones de interés público se necesiten ante la carencia de mano de obra salvadoreña. Este permiso temporal, no da derecho a residir permanentemente en el territorio nacional.

    • F10 trámite de residencia temporal para personas que representan empresas o sociedades domiciliadas en el país administradores únicos directores presidentes etc. todas nacionalidades 1 vez

    El instructivo F-10, está dirigido a centroamericanos y no centroamericanos, que ingresen a la República de El Salvador y soliciten permiso para desempeñarse como representantes de sociedades o empresas.

    • F11 trámite de residencia temporal para personas de todas las nacionalidades que se desempeñan en el país como cooperantes pasantes y o voluntarios 1 vez

    El instructivo F-11, está dirigido a personas de todas las nacionalidades, que ingresen a la República de El Salvador y soliciten permiso para realizar actividades como cooperantes, pasantes y/o voluntarios, entre otras; actividades por las que no devengarán salario ni honorarios.

    No se aplicará éste estatus migratorio a los cooperantes, voluntarios, etc., que de conformidad a convenios, leyes, tratados etc., sea competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, reconocer o concederles Visa Oficial para permanecer en el país.

    • F12 trámite de autorización de estadía para artistas de todas las nacionalidades que desean realizar actividades en la república de el salvador

    El instructivo F-12, está dirigido a todas las personas artistas de cualquier nacionalidad, que actúan individualmente o en compañía de otra u otras personas, para la ejecución de música, canto, baile, locución, animación de espectáculos, en vivo y/o por medio de la radio o televisión. Este trámite es realizado posteriormente a la autorización de la Dirección de Espectáculos Públicos, Radio y Televisión del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial.

    • F13 trámite de prórroga de residencia temporal con autorización para trabajar centroamericanos y panameños de origen

    El instructivo F-13, está dirigido a todos los centroamericanos y panameños de origen que tienen la calidad de Residentes Temporales con permiso de trabajo y deben prorrogar su calidad migratoria por encontrarse  aún vigente su contrato de trabajo o de prestación de servicios; así como para los trabajadores por cuenta propia que continúan con sus actividades en el país.

    • F14 trámite de prórroga de residencia temporal con autorización para trabajar para personas de origen no centroamericano

    El instructivo F-14, está dirigido a todas las personas no centroamericanas que se encuentran laborando en la  República de El Salvador, bajo la calidad de Residente Temporal con autorización para trabajar y desean prorrogar su calidad migratoria por encontrarse  aún vigente su contrato laboral.

    • F15 trámite de prórroga de residencia temporal con autorización para estudios universitarios y técnicos todas las nacionalidades

    El instructivo F-15, está dirigido a los estudiantes centroamericanos y no centroamericanos que realizan actividades académicas en Centros de Estudio de El Salvador y demás actividades de formación, sin fines de lucro y que poseen la calidad migratoria de Residente Temporal con permiso para estudiar. Este trámite no otorga autorización para trabajar.

    • F16 trámite de prórroga de residencia temporal para religiosos católicos. Todas las nacionalidades

    El instructivo F-16, está dirigido a los Religiosos Católicos de todas las nacionalidades, que tienen la calidad de Residentes Temporales y desean prorrogar su estadía en el territorio salvadoreño. Los sacerdotes y Religiosos católicos podrán permanecer en el país y dedicarse a sus propias actividades  mientras dependan como tales de la autoridad eclesiástica.

    • F17 trámite de prórroga de residencia temporal para religiosos de otras denominaciones todas las nacionalidades

    El instructivo F-17, está dirigido a los Religiosos Evangélicos y de otras denominaciones, de todas las nacionalidades, que realizan obras propias de su ministerio y desean prorrogar su estadía en el territorio salvadoreño.  Podrán permanecer  en el país, mientras dependan de las autoridades de la iglesia o congregación a la que pertenecen.

    • F18 trámite de prórroga de residencia temporal para inversionistas todas las nacionalidades

    El instructivo F-18, está dirigido a personas naturales o  Representantes Legales de Persona Jurídicas extranjeras, que previamente se les ha otorgado Residencia Temporal de Inversionistas en  El Salvador y desean prorrogar su estadía en el territorio salvadoreño.

    • F19 trámite de prórroga de residencia temporal para acompañar familiares residentes en el país todas las nacionalidades

    El instructivo F-19, está dirigido a personas de todas las nacionalidades, que ostentan la calidad de residentes temporales con permiso para acompañar a familiares (cónyuges, compañeros de vida, padres e hijos menores de 18 años de edad) de personas que residen en el país; y que desean seguir permaneciendo en el territorio salvadoreño, sin autorización para trabajar.

    • F20 trámite de prórroga de residencia temporal para personas que representan empresas o sociedades domiciliadas en el país administradores únicos directores presidentes etc. de toda la nacionalidad

    El instructivo F-20, está dirigido a personas extranjeras de todas las nacionalidades, que continúan desempeñándose en el país como representantes de las sociedades o empresas para la que les fue concedida la residencia anterior.

    • F21 trámite de prórroga de residencia temporal para personas de todas las nacionalidades que continúan desempeñándose en el país como cooperantes pasantes y o voluntarios

    El instructivo F-21, está dirigido a personas extranjeras de todas las nacionalidades que estando próxima a vencer la residencia temporal, desean continuar en la República de El Salvador, realizando actividades como cooperantes, pasantes y/o voluntarios, entre otras; sin devengar salarios ni honorarios.

    No se aplicará éste estatus migratorio a los cooperantes, pasantes y/o voluntarios, etc., que de conformidad a convenios, leyes, tratados etc., sea competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, reconocer o concederles Visa Oficial para permanecer en el país.

     

 


    • F22 trámite de residencia definitiva por estar casado a con salvadoreño todas las nacionalidades

    El instructivo F-22, está dirigido a ciudadano (a) extranjero (a), casado (a) con ciudadano (a) salvadoreño (a).

    • F23 trámite de residencia definitiva para no centroamericanos que son técnicos u obreros especializados y que han cumplido cinco años como residentes temporales en el país artículo 31 de la ley de migración

    El instructivo F-23, está dirigido a ciudadanos extranjeros NO CENTROAMERICANOS que siendo técnicos u obreros especializados han estado contratados por empresas industriales o comerciales domiciliadas en territorio salvadoreño y que han cumplido cinco años como Residentes Temporales en el país.

    • F24 trámite de residencia definitiva para centroamericanos articulo 40 ley de migración

    El instructivo F-24, está dirigido a ciudadanos CENTROAMERICANOS y PANAMEÑOS POR NACIMIENTO, que demuestren suficiente arraigo laboral y/o familiar en el país.

    • F25 trámite de residencia definitiva para inversionistas todas las nacionalidades

    El instructivo F-25, está dirigido a personas naturales o  Representantes Legales de Persona Jurídicas extranjeras, que realizan inversiones en el país, con  activos o recursos, ya sean en bienes tangibles e intangibles, prestación de servicios o financieros en moneda de libre convertibilidad, superiores a los cuatro mil salarios mínimos mensuales vigentes a la fecha de su transferencia a El Salvador. Art. 11 Ley de Inversiones.

    • F26 trámite de residencia definitiva para religiosos católicos y de otras denominaciones art 45 bis todas las nacionalidades

    El instructivo F-26, está dirigido a los religiosos católicos y de otras denominaciones, que son designados para realizar su actividad religiosa de forma permanente en el territorio salvadoreño, a petición del Representante Legal de la entidad que los respalda.

    • F27 requisitos para residencia definitiva para rentista persona individual todas las nacionalidades

    El instructivo F-27, está dirigido a todas las personas extranjeras que residen en el país con la calidad de Residente Provisional como Rentista. Para poder solicitar esta calidad migratoria, la persona extranjera tiene que demostrar que percibe un ingreso mensual igual o superior a $1,000.00; y sí lo acompaña su grupo familiar (cónyuge e hijos menores de 18 años de edad), el ingreso económico no podrá ser inferior a $1,500.00.

    • F28 trámite de refrenda de residente definitivo todas las nacionalidades

    El instructivo F-28, está  dirigido a todas las personas que tienen la calidad de Residentes Definitivos, de todas las nacionalidades, quienes deberán refrendar o revalidar su estatus migratorio, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Migración.

    • F36 trámite de residencia temporal hasta por un año de personas que no reciben remuneración en el país todas las nacionalidades

    El instructivo F-36, está dirigido a personas de todas las nacionalidades, que desean ingresar a la República de El Salvador; o ya se encuentran en el territorio salvadoreño; y requieren permiso para realizar actividades no remuneradas en el país, con fines científicos, culturales, deportivos y cualquier otra actividad temporal licita.

    NOTA: No se aplicará este estatus migratorio a los cooperantes, pasantes, voluntarios, etc., que de conformidad a convenios, leyes, etc., sea competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores reconocer o concederles acreditación para regularizar su permanencia en el país.

    • F37 trámite de prórroga de residencia temporal para personas que no reciben remuneración en el salvador todas las nacionalidades

    El instructivo F-37, está dirigido a personas de todas las nacionalidades, que desean prorrogar su estadía en El Salvador; y requieren permiso para continuar realizando actividades no remuneradas en el país, con fines científicos, culturales, deportivos y cualquier otra actividad temporal lícita.


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